Se ha emitido una advertencia esencial para los inmigrantes que ingresaron a Chile por pasos no habilitados y que contemplan acogerse al mecanismo de Salida Voluntaria. Expertos en asesoría migratoria enfatizan que esta decisión conlleva importantes consecuencias administrativas, de acuerdo con la Ley de Migración y Extranjería (Ley 21.325).
No es una Amnistía, es una Sanción Administrativa
Aunque la Salida Voluntaria es un mecanismo seguro y controlado (generalmente por vía aérea) que permite al extranjero dejar el territorio chileno, los asesores legales aclaran que no constituye un «perdón» o una amnistía de la falta migratoria previa.
Es fundamental para los migrantes entender que, si bien este trámite no genera antecedentes penales (sanción penal), sí resulta en una sanción administrativa.
La consecuencia práctica y explícita de solicitar la salida voluntaria es la imposición de una Prohibición de Ingreso a Chile.
La Policía de Investigaciones (PDI) registrará que la salida se efectuó de forma voluntaria, pero también dejará constancia formal del ingreso irregular inicial. En la práctica, esta prohibición de reingreso suele extenderse por un periodo que oscila entre 5 y 10 años, dependiendo de la evaluación específica de cada caso.
Debido a las implicaciones a largo plazo, se insta encarecidamente a cualquier persona que planee acogerse a este mecanismo a buscar asesoría legal especializada para comprender cabalmente todas las opciones y sus futuras consecuencias.
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