Ya fue publicada en Gaceta Electoral N° 1.061 la normativa que regulará la campaña electoral en Venezuela, desde este jueves hasta el 25 de julio a las 12 de la medianoche.
https://x.com/cneesvzla/status/1808696169373016508
Según el CNE se establece que los medios de comunicación deberán observar un estricto equilibrio en cuanto al tiempo y espacio dedicado a las actividades desarrolladas por los candidatos y cubrirán los actos de campaña electoral en forma objetiva, balanceada e imparcial, dando cabida a todos.
Los medios públicos y privados, así como los productores independientes, darán participación equitativa a todos los candidatos en las entrevistas y programas de opinión.
El CNE también indicó que junto a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) revisará el cumplimiento de la normativa de la campaña en redes sociales.
En ese sentido, realizarán “un monitoreo y observación permanente” y aplicarán las medidas necesarias para sancionar los incumplimientos.
También habrá un registro de las cuentas en redes sociales y sitios web oficiales que deben ser suministrados por los aspirantes a la presidencia y las organizaciones políticas.
La publicación expone 19 casos en los que no se permitirá propaganda electoral, de acuerdo a los establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales.
Estos casos son:
Se produzca fuera del lapso de la campaña electoral establecido por el Consejo Nacional Electoral.
Atente contra el honor, vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación de las personas.
Persiga la generación de condiciones contrarias a la promoción y garantía del reconocimiento de la diversidad, la tolerancia y el respeto recíproco.
Promueva toda forma de violencia política, odios e intolerancias, lesivas de la efectiva vigencia de los derechos humanos, el desarrollo social, la preservación de la paz y la tranquilidad pública y protección de la Nación.
Promueva la guerra, discriminación o intolerancia.
Promueva la desobediencia a las leyes.
Omita los datos que permitan la identificación del promotor o promotora de la propaganda electoral y el Registro de Información Fiscal (R.I.F.).
Sea contratada o realizada por personas naturales o jurídicas distintas a las autorizadas por los candidatos.
Desestimule el ejercicio del derecho al voto.
Contenga expresiones obscenas y denigrantes contra los órganos y entes del Poder Público, instituciones y funcionarios públicos o funcionarias públicas.
Que utilicen la imagen, sonido o la presencia de niñas, niños o adolescentes.
Utilice los símbolos nacionales o regionales de la Patria o la imagen de los Próceres de la República Bolivariana de Venezuela.
Utilice la imagen, nombres o apellidos de cualquier ciudadano o ciudadana, así como colores y símbolos que identifiquen una organización con fines políticos, agrupaciones de ciudadanos o ciudadanas, sin su autorización.
Violente las normas establecidas en la legislación en materia de protección animal.
Sea financiada con fondos públicos distintos a lo previsto en estas normas.
Sea financiada con fondos de origen extranjero.
Sea financiada con fondos privados no declarados al Consejo Nacional Electoral y al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
Atente contra la salud mental de los ciudadanos y ciudadanas.
Promueva estereotipos de discriminación de género o de cualquier otro tipo.
También señala la importancia de la participación equitativa de los candidatos en los medios de comunicación del país.