Según el cronograma electoral aprobado por el CNE, este jueves 18 de julio vence el plazo de sustitución y modificación de postulaciones que no se no se reflejan en el tarjetón electoral, de cara a elecciones presidenciales del próximo 28 de julio
Este proceso inició el 28 de abril, cualquier sustitución o modificación debe cumplir con los mismos requisitos establecidos en las leyes y reglamentos para poder ser aceptada.
De acuerdo con la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre), en el artículo 62, establece los motivos válidos para las sustituciones, como fallecimiento, renuncia, discapacidad física o mental debidamente certificada por la autoridad competente o razones constitucionales y/o legales.
Esta ley también establece en el capítulo 63, que las organizaciones postulantes pueden modificar las candidaturas y sustituir candidatos hasta diez días antes de la elección.
“A tales efectos, el Consejo Nacional Electoral tomará las medidas para informar a los electores y las electoras en el ámbito territorial al que corresponda la elección, sobre la sustitución realizada. Cuando el tiempo en que se realice la modificación o sustitución resulte insuficiente para realizar el cambio en el instrumento electoral, los votos que se emitan en el mismo se acreditarán al candidato sustituto o la candidata sustituta”, se lee en ambos articulos.
La sustitución de un candidato implica una nueva postulación y, en consecuencia, cuando el postulado sustituto no sea un candidato previamente admitido, deberá cumplir con los requisitos establecidos en la presente Ley y su Reglamento.
Hasta la fecha, son 10 candidatos que aspiran a la presidencia y el CNE no ha anunciado cambios significativos en las candidaturas. Se espera un comunicado o balance del ente comicial al finalizar el plazo.
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