Las empresas de reparto deberán seguir algunos lineamientos del Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT).
En este sentido, fue creada la Comisión Permanente para la Seguridad Vial y de la Reducción de Siniestralidad en el Sector Motorizado, con el objetivo de focalizar e implementar medidas preventivas y regulatorias.
Al respecto, la directora del INTT, Jessica Falcón, informó que las empresas prestadoras de servicios logísticos de reparto deberán estar autorizadas por el ente rector de tránsito y que, aunque la ruta sea acordada entre el conductor y el usuario, esta debe ser previamente determinada por el aplicativo.
Las empresas operadoras de reparto deberán poseer el Registro Nacional del INTT y contar con una escuela de conductores regulada por la institución, la cual debe emitir un certificado de aptitud para la conducción comercial.
También están obligadas a mantener vigentes un seguro de responsabilidad civil y uno médico para el pasajero.
Igualmente, deberán someter sus unidades a revisiones técnicas periódicas con peritos autorizados por el INTT para tramitar la renovación anual de su permiso de operación. Con información de VTV



