La Justicia venezolana ha condenado a ocho años de prisión a una doctora por el homicidio culposo de un recién nacido, producto de violencia obstétrica, en el estado Falcón. Así lo informó este martes el Ministerio Público (MP) en un comunicado de prensa.
Detalles del caso y el proceso judicial
La madre del neonato acudió inicialmente a un centro asistencial para un chequeo debido a fuertes dolores durante su embarazo. Tras ser evaluada, los especialistas sugirieron su traslado inmediato al Hospital Dr. Rafael Calles Sierra, donde fue atendida por la médica condenada.
La doctora condenada sometio a la paciente a trabajo de parto durante 13 horas, período en el que se le aplicó una técnica que «ocasiona múltiples efectos adversos» y que, según el MP, está prohibida por organismos internacionales, considerándose violencia obstétrica.
Tras la denuncia de la paciente ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), las investigaciones determinaron que el recién nacido murió a causa del daño irreversible provocado por la aplicación de la técnica y la violencia obstétrica.
Durante el juicio, la Fiscalía de Falcón ratificó la acusación contra la médica por la «comisión de homicidio culposo a título de culpa consciente y violencia obstétrica», concluyó la institución.
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