Aunque es un derecho constitucional e internacional, la suspensión de las vacaciones para los venezolanos aplica a todos los trabajadores, porque en medio de una pandemia no hay libre desplazamiento nacional e internacional, ni condiciones para el esparcimiento.
El abogado Carlos Pimentel , explicó en entrevista con Sandy Aveledo, que el dictamen del gobierno no viola la Constitución porque se da en un estado de alarma.
Dijo que el dictamen es muy rígido pero el patrono y el trabajador pueden llegar a un acuerdo. No obstante, se corre el riesgo de que luego el Ministerio obligue a la empresa a otorgar nuevamente las vacaciones y pagarlas.
Explicó que el derecho a las vacaciones debe otorgarse una vez que se cumple un año ininterrumpido de labores, para el descanso y esparcimiento, pero en situación de pandemia no hay libre desplazamiento nacional e internacional, ni se tomó en cuenta la falta laboral por la semana radical.
El dictamen tampoco toma en cuenta que algunos trabajadores de sectores priorizados o sector público no han interrumpido sus labores.
El profesional del Derecho también habló de lo importante de que las empresas cumplan el protocolo de bioseguridad y el distanciamiento 1,5 metros entre personas (Trabajadores y visitantes), y adaptar los puestos de trabajo.
Otro punto es la incertidumbre que existe en el sentido de que no sabemos hasta cuando tardará el estado de alarma.