A través de un comunicado, el Frente de Abogados de Venezuela exige respeto a la profesión y a los principios básicos sobre la función de los Abogados.
A continuación el escrito:
Desde el Frente Nacional de Abogados de Venezuela solicitamos respeto de los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados, resolución emanada de las Naciones Unidas, que señala las condiciones bajo las cuales pueda mantenerse la justicia, sus propósitos la realización de la cooperación internacional en la promoción y el estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos sin distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión.
En concordancia con la Declaración Universal de Derechos Humanos que consagra los principios de la igualdad ante la ley, la presunción de inocencia, el derecho de toda persona a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, y el derecho de toda persona acusada de un delito a todas las garantías necesarias para su defensa.
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos proclama, además, el derecho de las personas a ser juzgadas sin demoras injustificadas y a ser oídas públicamente y con justicia por un tribunal competente, independiente e imparcial.
Asimismo el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales recuerda que la Carta de las Naciones Unidas impone a los Estados la obligación de promover el respeto universal y efectivo de los derechos y libertades humanos.
Es por ello que los profesionales del derecho conformamos el sistema de justicia, a los fines de que se garantice la asistencia letrada y la comunicación confidencial con su abogado a los detenidos en prisión preventiva.
De igual manera la Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso de Poder se recomiendan medidas que deben adoptarse en los planos nacional e internacional para mejorar el acceso a la justicia y el trato justo, la restitución, la compensación y la asistencia en favor de las víctimas de delitos.
Es por ello que la protección apropiada de los derechos humanos y las libertades fundamentales que toda persona puede invocar, ya sean económicos, sociales y culturales o civiles y políticos, requiere que todas las personas tengan acceso efectivo a servicios jurídicos prestados por una abogacía independiente.
En consecuencia el Frente Nacional de Abogados de Venezuela como asociación de profesionales de abogados desempeñamos la función esencial de velar por normas y la ética profesional, protegemos a nuestros miembros contra persecuciones y restricciones o injerencias indebidas, facilitando servicios jurídicos a todos los que los necesiten, y cooperando con las instituciones gubernamentales y otras instituciones para impulsar los fines de la justicia y el interés público.
En tal sentido denunciamos la vulneración de los DDHH del ciudadano abogado EDWIN EMIRO PEÑUELA LOPEZ, CI: 10893497, quien se encuentra privado de libertad desde el día de ayer 08 de Diciembre del 2020, en el Estado Aragua, en el propio Palacio de Justicia fue detenido, donde se encontraba en pleno ejercicio de la profesión, es por ello que exhortamos al Poder Judicial, ordene su libertad plena sin demora, y se respeten
Los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados y al gobierno en el marco de nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en especial atención a los juristas, los jueces, fiscales, miembros de los poderes ejecutivo y legislativo y el público en general.
Finalmente solicitamos se garantice los principios básicos del ejercicio de la profesión de la resolución de las Naciones Unidas:
Los gobiernos garantizarán que los abogados a) puedan desempeñar todas sus funciones profesionales sin intimidaciones, obstáculos, acosos o interferencias indebidas; b) puedan viajar y comunicarse libremente con sus clientes tanto dentro de su país como en el exterior; y c) no sufran ni estén expuestos a persecuciones o sanciones administrativas, económicas o de otra índole a raíz de cualquier medida que hayan adoptado de conformidad con las obligaciones, reglas y normas éticas que se reconocen a su profesión.
Cuando la seguridad de los abogados sea amenazada a raíz del ejercicio de sus funciones, recibirán de las autoridades protección adecuada.
Los abogados no serán identificados con sus clientes ni con las causas de sus clientes como consecuencia del desempeño de sus funciones.
Ningún tribunal ni organismo administrativo ante el que se reconozca el derecho a ser asistido por un abogado se negará a reconocer el derecho de un abogado a presentarse ante él en nombre de su cliente, salvo que el abogado haya sido inhabilitado de conformidad con las leyes y prácticas nacionales y con estos principios.
Los abogados gozarán de inmunidad civil y penal por las declaraciones que hagan de buena fe, por escrito o en los alegatos orales, o bien al comparecer como profesionales ante un tribunal judicial, otro tribunal u órgano jurídico o administrativo.
Las autoridades competentes tienen la obligación de velar por que los abogados tengan acceso a la información, los archivos y documentos pertinentes que estén en su poder o bajo su control con antelación suficiente para que puedan prestar a sus clientes una asistencia jurídica eficaz. Este acceso se facilitará lo antes posible.
Los gobiernos reconocerán y respetarán la confidencialidad de todas las comunicaciones y consultas entre los abogados y sus clientes, en el marco de su relación profesional.
Por el Frente Nacional de Abogados de Venezuela.
Abogada Lylí López Directora Nacional de Defensa de los DDHH.
Abogado Dixon Pérez.
Director Regional de Defensa de los DDHH del Estado Carabobo.